martes, 26 de enero de 2016

CONDICION DE ALUMNOS PARA RENDIR

Alfabetización académica se podrá rendir en los turnos de examen correspondiente, como:


-alumno REGULAR 
Artículo 18º (RAP) La REGULARIDAD es la condición que obtiene el alumno concluido el proceso formativo y se acredita al cumplir en su totalidad los siguientes requisitos:
a) Asistencia: El sesenta y cinco por ciento (65%) de asistencia a clases efectivamente dictadas y/u otras actividades académicas. Este porcentaje se reducirá al cincuenta por ciento (50%) cuando las ausencias obedezcan a razones de salud o trabajo, debidamente probadas por el alumno, presentadas en un plazo no mayor de cinco días corridos para su justificación.
b) Trabajo Final (Evaluaciones)  El cien por ciento (100%) de aprobación de evaluaciones con calificación mínima de cuatro (4) con opción a una instancia de fortalecimiento por cada evaluación.
c) Trabajos Prácticos: El ochenta por ciento (80%) de aprobación de los trabajos prácticos.  Aprobación del 80% de contenidos del total de cada T.P
Artículo 19º: Para la condición de regular resultará de promediar las calificaciones de las instancias de evaluaciones o de las instancias de fortalecimiento aprobadas con una calificación de cuatro (4) como mínimo.
Artículo 20º: La regularidad tiene una duración de dos (2) años calendario desde la finalización de cursado y caduca transcurrido ese plazo o cuando resultare desaprobado por tercera vez en instancia de examen final.
EXAMEN ORAL: Defensa de la monografía con teoría del programa y del tema propuesto. La monografía debe estar aprobada antes de rendir y será revisada una sola vez por turno de examen. Enviar 15 dias antes al email: profeetelvina@gmail.com. 

- alumno LIBRE
Comprende a los alumnos que:
1-  no alcanzaron la regularidad por no cumplir con algunos de los requisitos exigidos en el artículo 18º. 
2 -Por pérdida de la regularidad: esta categoría se admite si el régimen de acreditación de la unidad curricular lo permite y comprende a los alumnos en condición de regular que resultaren desaprobados por tercera vez en instancia de examen final, o por caducidad del plazo establecido en el artículo 22º.

Art. 26. El examen final para alumnos libres se regirá por el programa vigente de la unidad curricular al momento de efectuarse el mismo y constará de dos instancias: una primera instancia escrita y una segunda oral, ambas eliminatorias. La nota mínima de aprobación será de cuatro (4) para ambas instancias. La calificación final resultará de promediar las dos instancias. En el caso de desaprobar alguna de ellas, se registrará como calificación final, la nota del aplazo.

EXAMEN ESCRITO: contenidos del programa. Si aprueba esta instancia, será evaluado en el
EXAMEN ORAL: Defensa de la monografía con teoría del programa y del tema propuesto. La monografía debe estar aprobada antes de rendir y será revisada una sola vez por turno de examen. Enviar 15 dias antes al email: profeetelvina@gmail.com.